PANORAMA GENERAL

FINALIDAD

El Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado (UNIDROIT) es una organización intergubernamental independiente con sede en la Villa Aldobrandini, en Roma. Su finalidad es estudiar las necesidades y los métodos para modernizar, armonizar y coordinar el derecho privado y, en particular, el derecho mercantil entre Estados y grupos de Estados, así como formular instrumentos, principios y normas de derecho uniforme para alcanzar dichos objetivos.

 

ORÍGENES

Creado en 1926 como órgano auxiliar de la Sociedad de Naciones, el Instituto fue restablecido en 1940 sobre la base de un acuerdo multilateral, el Estatuto de UNIDROIT.

 

MEMBRESÍA

La membresía de UNIDROIT está reservada a los Estados que se adhieran al Estatuto de UNIDROIT. Los 65 Estados miembros de UNIDROIT proceden de los cinco continentes y representan una amplia variedad de sistemas jurídicos, económicos y políticos, así como diversos contextos culturales.

FINANCIACIÓN

El Instituto se financia mediante las contribuciones anuales de sus Estados miembros, fijadas por la Asamblea General. También pueden efectuarse contribuciones extrapresupuestarias para financiar proyectos o actividades específicos.

ESTRUCTURA

UNIDROIT cuenta esencialmente con una estructura de tres niveles integrada por una Secretaría, un Consejo de Dirección y una Asamblea General.
La Secretaría es el órgano ejecutivo de UNIDROIT responsable de ejecutar el Programa de Trabajo en el día a día. Está dirigida por un Secretario General nombrado por el Consejo de Dirección a propuesta del Presidente del Instituto. El Secretario General cuenta con la asistencia de un equipo de funcionarios internacionales y personal de apoyo.

Informes anuales sobre las actividades de UNIDROIT

El Consejo de Dirección supervisa todos los aspectos de política institucional relativos a los medios para alcanzar los objetivos estatutarios del Instituto y, en particular, la manera en que la Secretaría ejecuta el Programa de Trabajo elaborado por el Consejo. Está integrado por un miembro ex officio, el Presidente del Instituto, y 25 miembros elegidos, en su mayoría destacados jueces, profesionales del derecho, académicos y funcionarios públicos. El Consejo de Dirección está presidido por el Presidente del Instituto, quien forma parte de él en calidad de miembro ex officio.

La Asamblea General es el órgano supremo de toma de decisiones de UNIDROIT: aprueba anualmente el presupuesto del Instituto; aprueba el Programa de Trabajo cada tres años; y elige al Consejo de Dirección cada cinco años. Está integrada por un representante de cada Gobierno miembro. La Presidencia de la Asamblea General es ejercida, con carácter rotatorio y por un período de un año, por el Embajador de uno de los Estados miembros de la Organización.

Informes sobre las sesiones anuales de la Asamblea General de los Estados miembros

 

IDIOMAS

Los idiomas oficiales de UNIDROIT son alemán, español, francés, inglés e italiano; sus idiomas de trabajo son el inglés y el francés.

POLÍTICA LEGISLATIVA

A lo largo de los años, UNIDROIT ha preparado más de setenta estudios y proyectos. Muchos de ellos han dado lugar a instrumentos internacionales, incluidos convenios internacionales, leyes modelo, principios y guías jurídicas y contractuales. En el caso de los convenios, estos fueron adoptados por Conferencias Diplomáticas convocadas por los Estados miembros de UNIDROIT.

La labor de UNIDROIT también ha servido de base para diversos instrumentos internacionales adoptados bajo los auspicios de otras organizaciones internacionales, varios de los cuales ya se encuentran en vigor.

 

Naturaleza de los instrumentos elaborados por UNIDROIT

El objetivo estatutario fundamental de UNIDROIT es elaborar normas uniformes modernas y, cuando proceda, armonizadas de derecho privado, entendido en un sentido amplio. Sin embargo, la experiencia ha demostrado la necesidad de incursionar ocasionalmente en el ámbito del derecho público, especialmente en aquellas áreas en las que resulta difícil establecer líneas de demarcación precisas o en las que el derecho de las transacciones y el derecho regulatorio se encuentran estrechamente interrelacionados. Las normas uniformes elaboradas por UNIDROIT están orientadas a la unificación de normas sustantivas de derecho. Solo de manera incidental incluyen normas uniformes de conflicto de leyes.

 

Enfoque técnico de armonización o unificación promovido por UNIDROIT

La condición independiente de UNIDROIT entre las organizaciones intergubernamentales le ha permitido desarrollar métodos de trabajo que lo convierten en un foro particularmente adecuado para abordar cuestiones de carácter técnico y, por consiguiente, menos sujetas a consideraciones políticas.

 

Factores que determinan la idoneidad de los temas para su tratamiento mediante normas uniformes

Las nuevas tecnologías y las prácticas comerciales internacionales exigen soluciones nuevas, armonizadas y ampliamente aceptables. En términos generales, la idoneidad de una materia para ser armonizada o incluso unificada dependerá en gran medida de la disposición de los Estados a aceptar modificaciones de sus normas jurídicas internas en favor de una nueva solución internacional relativa a la materia de que se trate.
Por consiguiente, los argumentos jurídicos y de otra índole a favor de la armonización deben ponderarse cuidadosamente frente a dicha percepción. Consideraciones similares también influyen en la determinación del ámbito de aplicación más adecuado para las normas uniformes, es decir, si estas deben limitarse a las transacciones verdaderamente transfronterizas o extenderse también a situaciones internas.
Si bien los temas de derecho mercantil suelen constituir el núcleo de las iniciativas de armonización internacional, el amplio mandato conferido a UNIDROIT permite a la Organización abordar también materias no comerciales.

 

Factores que determinan la elección del instrumento que se elaborará

Las normas uniformes elaboradas por UNIDROIT han adoptado tradicionalmente, en consonancia con su estructura intergubernamental, la forma de convenios internacionales concebidos para aplicarse automáticamente con preferencia al derecho interno de un Estado una vez cumplidos todos los requisitos exigidos por su ordenamiento jurídico para su entrada en vigor.
Sin embargo, las formas alternativas de unificación han adquirido una importancia creciente en aquellos ámbitos en los que no se considera indispensable contar con un instrumento jurídicamente vinculante. Estas alternativas pueden incluir leyes modelo que los Estados pueden tomar en consideración al elaborar legislación nacional, o principios generales cuya utilización queda a discreción de los jueces, árbitros y partes contratantes a quienes van dirigidos.
Cuando una materia no se considera todavía suficientemente madura para la elaboración de normas uniformes, otra alternativa consiste en la preparación de guías jurídicas, generalmente dedicadas a nuevas técnicas empresariales o tipos de transacción, o al marco para la organización de mercados tanto a nivel nacional como internacional.
En términos generales, las soluciones de derecho vinculante (hard law), es decir, los convenios, resultan necesarias cuando el alcance de las normas propuestas trasciende las relaciones puramente contractuales y cuando están en juego intereses de terceros o intereses públicos, como ocurre, por ejemplo, en el ámbito de los derechos reales.
La selección de los temas incluidos en el Programa de Trabajo de UNIDROIT, la determinación de sus niveles de prioridad y métodos de trabajo, así como la orientación general de las actividades del Instituto, se rigen por los criterios y objetivos estratégicos establecidos en su Plan Estratégico.

 

MÉTODOS DE TRABAJO

Etapa preliminar

Una vez que un tema ha sido incorporado al Programa de Trabajo de UNIDROIT, la Secretaría, asistida cuando sea necesario por expertos en la materia, elabora un estudio de viabilidad y/o un informe preliminar de derecho comparado destinado a determinar la conveniencia y viabilidad de una reforma jurídica. Cuando procede y los recursos lo permiten, también se realiza un estudio de evaluación del impacto económico.
Posteriormente, el informe, que puede incluir una primera versión preliminar de los principios o normas uniformes pertinentes, se somete al Consejo de Dirección. Si este considera que existen fundamentos suficientes para emprender trabajos sobre la materia, normalmente solicita a la Secretaría que convoque un grupo de estudio, tradicionalmente presidido por un miembro del Consejo, para preparar un proyecto preliminar de convenio o una de las alternativas mencionadas anteriormente.
La composición de dichos grupos de estudio, integrados por expertos que actúan a título personal, es determinada por la Secretaría. Al hacerlo, la Secretaría procura garantizar una representación lo más equilibrada posible de los distintos sistemas jurídicos y económicos del mundo, así como de las diferentes regiones geográficas.

 

Etapa de negociación intergubernamental

El proyecto preliminar de instrumento elaborado por el grupo de estudio se somete al Consejo de Dirección para su aprobación y orientación respecto de las medidas posteriores más adecuadas.
En el caso de un proyecto preliminar de convenio, el Consejo suele solicitar a la Secretaría que convoque un comité de expertos gubernamentales encargado de finalizar un proyecto de convenio susceptible de ser sometido a una Conferencia Diplomática para su adopción.
Cuando se trata de una alternativa a un proyecto preliminar de convenio que, por su naturaleza, no resulte adecuada para ser examinada por un comité de expertos gubernamentales, corresponde al Consejo autorizar su publicación y difusión por parte de UNIDROIT entre los sectores para los que haya sido preparada.

 

La participación plena en los comités de expertos gubernamentales de UNIDROIT está abierta a representantes de todos los Estados miembros de UNIDROIT. La Secretaría también puede invitar a otros Estados que considere apropiados, especialmente en función de la materia objeto de examen, así como a organizaciones internacionales y asociaciones profesionales pertinentes para participar en calidad de observadores.
Un proyecto de convenio finalizado por un comité de expertos gubernamentales se somete al Consejo de Dirección para su aprobación y orientación respecto de las medidas posteriores más adecuadas. Cuando considera que dicho proyecto refleja un consenso entre los Estados representados en el comité y que, en consecuencia, tiene buenas perspectivas de ser adoptado en una Conferencia Diplomática, el Consejo autoriza su transmisión a dicha Conferencia para su adopción como convenio internacional. La Conferencia Diplomática será convocada por uno de los Estados miembros de UNIDROIT.

 

Cooperación con otras organizaciones internacionales

UNIDROIT mantiene estrechos vínculos de cooperación con otras organizaciones internacionales, tanto intergubernamentales como no gubernamentales, que en muchos casos se formalizan mediante acuerdos de cooperación celebrados entre secretarías.
La Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado, UNIDROIT y la CNUDMI, las tres organizaciones dedicadas a la elaboración de instrumentos internacionales de derecho privado, son conocidas apropiadamente como «las tres hermanas».

Gracias a su experiencia en la unificación internacional del derecho, otras organizaciones internacionales encomiendan ocasionalmente a UNIDROIT la preparación de estudios de derecho comparado y/o proyectos de convenio destinados a servir de base para la elaboración o finalización de instrumentos internacionales en el marco de dichas organizaciones.

 

Red de corresponsales

La capacidad de UNIDROIT para obtener información actualizada sobre el estado del derecho en los distintos países es esencial para el cumplimiento de sus objetivos estatutarios. Dicha información no siempre es fácil de obtener y, por ello, UNIDROIT mantiene una red de corresponsales en Estados miembros y no miembros, designados por el Consejo de Dirección entre académicos y profesionales del derecho.

 

FUNCIONES DE DEPOSITARIO

UNIDROIT ha sido designado depositario de sus instrumentos más recientes: el Convenio de Ciudad del Cabo de 2001 (de conformidad con su artículo 62(1)); el Protocolo Aeronáutico de 2001 (de conformidad con su artículo XXXVII(1)), ambos en vigor desde el 1 de marzo de 2006; el Protocolo Ferroviario de Luxemburgo de 2007 (de conformidad con su artículo XXXIV(1)); el Protocolo Espacial de 2012 (de conformidad con su artículo XLVIII(1)); y el Protocolo MAC de 2019 (de conformidad con su artículo XXXVII(1)), que aún no han entrado en vigor; así como el Convenio de UNIDROIT sobre Normas Sustantivas relativas a los Valores Intermediados de 2009 (de conformidad con su artículo 48(1)), que tampoco ha entrado en vigor.

Las responsabilidades de UNIDROIT como depositario en virtud de estos instrumentos se especifican en cada uno de ellos e incluyen la gestión de un sistema para la recepción y notificación de todos los instrumentos de ratificación, declaraciones y demás documentos depositados ante el depositario. Asimismo, UNIDROIT proporciona información para asistir a los Estados que estén considerando convertirse en Estados Contratantes.

Contacto
Sra. Marina SCHNEIDER
Oficial Jurídica Principal y Depositaria de Tratados
m.schneider@unidroit.org

 

ACTIVIDADES LEGISLATIVAS

 

ACTIVIDADES NO LEGISLATIVAS Y RECURSOS DE DIVULGACIÓN

El apoyo esencial a la actividad principal de UNIDROIT —la elaboración de normas uniformes— se proporciona mediante el mantenimiento de una biblioteca de prestigio internacional, la preparación de diversas publicaciones especializadas en el ámbito de la unificación del derecho, su programa de cooperación jurídica y la organización periódica de congresos, reuniones y seminarios.

 

Biblioteca

La Biblioteca de UNIDROIT es uno de los principales centros de documentación especializados en su ámbito y es consultada por investigadores de todo el mundo. Sus fondos incluyen más de 330.000 libros y 260 publicaciones periódicas en curso, que abarcan numerosos países y todas las ramas del derecho privado, especialmente el derecho mercantil, así como el derecho internacional privado y el derecho comparado.
El catálogo de la Biblioteca está disponible en línea.

 

Publicaciones

Desde sus primeros años, UNIDROIT ha publicado numerosas obras especializadas. Entre ellas destaca la Uniform Law Review / Revue de droit uniforme (ISSN 1124-3694), publicación trimestral editada por Oxford University Press desde 2013.
Además, los documentos de trabajo están disponibles en el sitio web de UNIDROIT.

 

Congresos, reuniones y seminarios

UNIDROIT organiza periódicamente congresos, reuniones y seminarios internacionales para debatir aspectos actuales de la modernización armonizada y la unificación del derecho, incluida la metodología y su aplicación práctica a proyectos específicos o a cuestiones generales.
Estos eventos reúnen a jueces, árbitros, académicos, profesionales del derecho y funcionarios nacionales e internacionales.

 

Cooperación jurídica

UNIDROIT pone su experiencia en materia de armonización jurídica a disposición de países en desarrollo, regiones y países en transición económica, en particular con el fin de promover el derecho uniforme en esas partes del mundo.
Asimismo, presta asistencia técnica para la elaboración de legislación nacional y regional. Un ejemplo destacado es su cooperación con la Organización para la Armonización del Derecho Mercantil en África (OHADA). A solicitud de dicha organización, UNIDROIT preparó un proyecto preliminar de Acto Uniforme de la OHADA sobre derecho contractual, inspirado en gran medida en los Principios de UNIDROIT.
Además, UNIDROIT presta asistencia para la implementación y difusión de sus instrumentos y actividades, incluyendo actividades de formación e investigación en materia de derecho uniforme.
El Programa de Becas, Pasantías e Investigación de UNIDROIT, financiado en gran medida por donantes externos, permite que la Biblioteca de UNIDROIT acoja cada año a un determinado número de investigadores.
Para más información, consulte la página del Programa de Becas, Pasantías e Investigación de UNIDROIT.